Fuente: TeleSemana.com | Por Noelia Tellez Tejada
Dos nuevas cautelares recaen sobre el DNU 690 y la Justicia revalidó la que había otorgado a Telecom
DirecTV y Telecentro obtuvieron las medidas cautelares solicitadas a la Justicia argentina para desoír con argumento los primeros seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, como los articulados asociados por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), y dejó a criterio de las empresas la decisión de discontinuar los paquetes de bajo costo y aumentar libremente sus tarifas. Al tiempo, el regulador recibió la negativa a su pedido de rever y anular la medida cautelar que, semanas atrás, esa misma oficina había otorgado a Telecom Argentina.
La decisión corrió por cuenta de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires, la misma que meses atrás había beneficiado a Telecom; y en cuya conclusión sostuvo que “la configuración de circunstancias que prima facie colocan bajo serio y fundado cuestionamiento el estándar de razonabilidad y la legitimidad del decreto 690/20 y de las resoluciones del Enacom adoptadas en consecuencia, por la directa afectación que generan a los derechos de propiedad de las accionantes”, es decir, DirecTV y Telecentro.
El fallo contó con los votos de los jueces José Luis Lopez Castiñeira y Luis María Márquez, mientras que la jueza María Claudia Caputi votó en disidencia; y se sumó a las cautelares emitidas por la justicia cordobesa, a favor de Catriel Televisora Color y de TV Cable Color, y de la justicia misionera a favor de Video Color Campo Grande; aunque también al que esta misma Cámara porteña sancionó en abril en favor de Telecom de Argentina y que acaba de ser confirmado: el Enacom había solicitado su anulación pero la Sala II volvió a fallar a favor de la incumbente.
Aunque desde el Enacom trascendió que presentarán un recurso extraordinario a estas nuevas cautelares y que recurrirán a la Corte Suprema con un recurso de queja por el caso de Telecom, ningún funcionario quiso expresarse abiertamente.
“Las grandes empresas han encontrado en esta Sala II de la Ciudad de Buenos Aires la posibilidad de cobrar lo que quieran aunque el decreto esté vigente y fue ratificado por ley, y no fue declarado institucional”, sostuvo Gustavo López, vicepresidente del Ente, en diálogo con FM comunitaria porteña La Patriada, sobre la resolución de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
Además, el funcionario sostuvo que las cautelares dictadas por esa Sala “rompen el mercado y generan una desigualdad tremenda entre los usuarios” porque “condenan a todos a pagar lo que las empresas decidan”.
A modo de repaso, cabe recordar que el DNU 690 declaró a los servicios de Internet, tv paga y telefonía fija y móvil como servicios públicos esenciales y en competencia, y que fue ratificado luego por el Congreso Nacional en 2020 por considerarse una política pública acorde a la emergencia que impuso la pandemia, cuando la conectividad se evidenció como un activo crucial para dar continuidad a buena parte de la vida en comunidad que, debiendo guardar aislamiento social, preventivo y obligatorio, también debía acceder de forma remota a su trabajo, educación y a la salud, entre otras necesidades.
Y, a esa primera declaración, le siguieron tres resoluciones reglamentarias del Enacom, como la 1466/2020 sobre la regulación de los precios, la 1467/2020 sobre la Prestación Básica Universal Obligatoria (PBU) y la 204/2021 sobre las tarifas.
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