Con 64 votos a favor y 3 en contra, la iniciativa obtuvo media sanción en la cámara de Senadores el 29 de octubre y próximamente se evaluará en Diputados. Existe la posibilidad de que se trate en sesiones extraordinarias, que se extenderán desde el 4 de enero hasta el 28 de febrero.
El proyecto de Ley apunta a establecer una regulación más estricta sobre los alimentos
procesados que permita a los consumidores acceder a información clara y sencilla sobre el
valor nutricional de esos productos. La propuesta consiste en el establecimiento de un sistema de etiquetado frontal de “advertencias” que exige que los productos con exceso de azúcares, sal, sodio o grasas incluyan un sello con forma de octógono negro en el frente del empaquetado para avisar al consumidor que se trata de un producto poco saludable.
Su objetivo es promover el cuidado de la salud y el derecho a una alimentación saludable y
responsable por medio de la educación alimentaria de los consumidores, quienes tendrán la
posibilidad de tomar decisiones más informadas sobre qué comprar y consumir. Para ello, resulta fundamental garantizar el derecho al acceso a una información completa y veraz con respecto al contenido de los alimentos, que desaliente el consumo excesivo de productos con altas calorías, grasas saturadas u otros elementos poco nutritivos.
El etiquetado frontal ya se ha implementado en varios países de América Latina, con distintos sistemas de rotulado. Destacan las experiencias de Chile -donde la ley entró en vigencia en 2016-, Ecuador, México y Uruguay.
Prevención de la obesidad
Con el objetivo de “colaborar con la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades no transmisibles”, el proyecto se propone como una herramienta para enfrentar y prevenir la problemática del sobrepeso y la obesidad infantil.
Según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud realizada en septiembre de 2019, “la epidemia de sobrepeso y obesidad es la forma más frecuente de malnutrición y se confirma que continúa aumentando sostenidamente en Argentina.” Los resultados de esta encuesta han revelado que el 41,1% de los niños y adolescentes de 5 a 17 años padecen exceso de peso, mientras que en la población adulta el porcentaje escala a 67,9%.
En el proyecto se destaca la urgencia de esta problemática y, por lo tanto, la necesidad de
desarrollar nuevas políticas públicas y acciones que promuevan la alimentación saludable y
reduzcan la exposición de niños, niñas y adolescentes a publicidad de alimentos no saludables.
Publicidad
El proyecto también contempla la influencia que la publicidad y las estrategias comerciales
ejercen sobre la venta de los productos. Por esta razón, se incluye un Capítulo que prohíbe la promoción de los alimentos y bebidas que cuenten con uno o más sellos octogonales.
Esta prohibición incluye la utilización de incentivos o artilugios comerciales como juguetes, objetos coleccionables, sorteos e imágenes de personas famosas o personajes animados en el empaquetado que puedan manipular la elección, sobre todo de niños y adolescentes.
Regulación en las escuelas
El proyecto también establece que los alimentos con sellos octogonales no podrán ser
vendidos ni publicitados dentro de las Instituciones Educativas comprendidas en la Ley
26.206 de Educación Nacional.
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