Fuente: cronista.com | ECONOMÍA Y POLÍTICA
Se publicó hoy el nuevo régimen de planes de pago para los tienen facturas de gas sin pagar y adhirieron a planes de financiación. Cuándo las empresas pueden cortar el servicio. Aplica a residenciales y otros
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) ya había determinado que las proveedoras del servicio debían darle a los clientes la opción de cancelar las deudas en planes de pago de hasta 30 cuotas mensuales. Además, estableció el tope al interés que pueden cobrar a los morosos: la mitad de la tasa activa a 30 días del Banco Nación (hoy está en 40,87% nominal anual, por lo se aplica el 20,43%).
Hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 210/2021, por la cual el Gobierno determina los nuevos derechos que tienen los usuarios del servicio de gas que hayan elegido los planes de pago para saldar las boletas impagas durante la cuarentena. Y define cuándo se puede proceder al corte del servicio por la falta de pago de la factura.
Por un lado, se estipula que las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes deberán incluir en la factura de consumo el plan de facilidades de pago "en línea separada del resto de los conceptos bajo la denominación: 'Plan de Pago (DNU 311/20 - Res MEC 383/21) __/__' con indicación del número de cuota que se está pagando sobre el total del plan".
Por otro lado, se aclara que "la falta de pago o mora en el pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas habilitará a las prestadoras al corte del suministro".
También se aclara que "las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán permitir y habilitar al usuario a cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del Decreto 311/20, a través de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pudiendo optar el beneficiario por abonarlas en una cantidad menor de cuotas".
Además, aclara que las prestadoras "podrán extender las condiciones de los planes de facilidades a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del decreto y/o respecto de usuarios no alcanzados, sean residenciales o no".
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