En los últimos días, la ANMAT prohibió la comercialización de una yerba mate, un aceite de
oliva y de galletitas. Detallamos los productos y el fundamento de las prohibiciones.
Las prohibiciones y sus fundamentos
La ANMAT dispuso prohibiciones de “uso, comercialización y distribución” en todo el territorio del país, las cuales se fundan en forma genérica en el incumplimiento de la normativa vigente.
Por medio de la Disposición 498/2020, se dispuso la prohibición respecto del producto: “Aceite de Oliva extra virgen, marca Riojanita, Producto Regional, RNPA 12001272, RNE 12008456, Ruta 74 Nonogasta – La Rioja”. Se funda en los resultados de las investigaciones llevadas porlas autoridades de control, que indicaron que el rotulado resultaba no conforme, puesto que se indicaban números de registro (RNPA y RNE) inexistentes. “Que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”
Por medio de la Disposición 481/2020, se dispuso la prohibición respecto del producto:
“Hierbas Serranas con Yerba Mate, marca Hierbital, Mezcla de Poleo, Yerba mate, peperina,
menta y cedrón, Cont. neto 500g, Lote F2BCL72000 hasta F2BCL87000, vto: septiembre 2021, RNPA Nº 04-045124, RNE N°04- 001868, elaborada y fraccionada por: Avaro Hnos. SRL Av. Presidente Perón N° 2936 Villa María, Córdoba”. La Dirección de Alimentos de la provincia de Misiones informó que de los resultados de laboratorio surge que el producto contiene tres tipos de bacterias: Salmonella Spp y valores de recuento de Escherichia Coli y esporas de Bacillus Cereus.
También se dispuso el retiro preventivo respecto de los productos “Galletitas Dulces con sabor a Vainilla «Mini Tapitas”, marca: Fachitas. RNPA: 02-511.680 (en todas sus presentaciones)” y Galletitas Dulces con sabor a Vainilla “Tapitas”, marca: Día%. RNPA: 02-533.434, 400grs. Elaborado por Saborisimo S.A. RNE 02-031.038”.
Ello puesto que no poseen la leyenda “Puede contener leche, huevo, maní y soja”, conforme lo requerido por el art. 235 inc 7° del código alimentario.
Respecto de las galletitas, la ANMAT informa que se están coordinando las medidas necesarias para el retiro preventivo del producto.
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