La deuda sin facturar podrá saldarse en cuatro pagos mensuales, iguales y consecutivos, sin intereses ni recargos, a partir de septiembre. El Ministerio de Energía instruyó al Enargas a que disponga la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes hasta el 31 de marzo de 2016.
Los montos no abonados por los usuarios de cualquier categoría, por consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, podrán pagarse hasta en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de septiembre de 2016″.
Asimismo, los usuarios que accedieron a la Tarifa Social no podrán abonar un monto mayor del que les hubiese correspondido por ese beneficio, según las resoluciones que dispusieron los ajustes de precios a principio de año.