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La Corte anuló el aumento en la tarifa de gas para los usuarios residenciales y estableció obligator



La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó la anulación del aumento de tarifas del gas natural por red para los usuarios residenciales, en un fallo unánime firmado por los cuatro jueces del tribunal y estableció que es de cumplimiento obligatorio la audiencia pública previa para establecer un nuevo cuadro tarifario. La decisión del máximo tribunal establece que las tarifas para esa categoría de usuarios deben retrotraerse a los valores vigentes al 31 de marzo, con anterioridad al aumento dispuesto por las resoluciones que hoy la Corte invalidó.

Así, el fallo frenó los aumentos sólo para los usuarios residenciales que representan el 26% del consumo total de gas natural por red, por lo que las industrias y comercios tendrán que impulsar sus propias demandas si pretenden que también se anulen los aumentos para sí. En tanto no haya una demanda de otros sectores de la sociedad, como lo son la industria y el comercio, el fallo de la Corte habilitó al Poder Ejecutivo a continuar con el cobro del aumento de tarifas al 74% de los usuarios.

El máximo tribunal de Justicia dijo que para fijar las nuevas tarifas de gas la audiencia pública es de cumplimiento obligatorio e instó al Gobierno a realizarla incluso para definir el valor del gas en boca de pozo. Además se mantiene la tarifa social.

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