Mediante la sanción de la Ley 27.250, que modifica el artículo 4º de la Ley 24.240 Ley de Defensa del Consumidor, se establece la obligatoriedad de las empresas de informar a sus clientes en soporte físico (papel), salvo que el consumidor de forma expresa opte por utilizar cualquier otro medio
alternativo de comunicación, que la empresa ponga a su disposición. De esta manera, los resúmenes de cuenta bancaria, facturas de servicio y cualquier otra información deberá ser brindada por la empresa a su cliente en papel, salvo que éste eligiera otra forma de comunicación.